A partir del 21de octubre de 1937, una vez que los militares fascistas ocuparon el territorio de Asturias, comenzó a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia una retahíla muy numerosa de nombres de personas que habiendo sido leales al régimen constitucional y democrático, sería objeto de la incautación de sus bienes por "oponerse al Glorioso Movimiento Nacional". Ningún otro era el motivo ni la causa por la que se procedía la ruina de los defensores del régimen democrático. Incluso se llegó a incautar los bienes de aquellos que habían sido fusilados o asesinados, como un castigo añadido a los familiares de la víctima franquista.
Sépase que, bien por los Decretos del dictador o a través de la figura de "Ley" (Ley de Responsabilidades Políticas de febrero de 1939), el franquismo se apoderó de cientos de millones de pesetas, y de bienes materiales e inmuebles, así como de valores y derechos de los perseguidos. Todo este latrocinio es ilegal, fue entonces -actuaron como saqueadores y bandidos- y lo es en el día de hoy. La devolución de los bienes incautados a la falmilia de quien fue Presidente del Gobierno -Doctor Negrín- abre la puerta para que a través de las reclamaciones y demandas judiciales -si fuera pertinente- se devuelva al menos el valor de lo que robaron de tan descarada manera los franquistas. El Estado actual -sucesor del franquista- debe asumir la responsabilidad de las ilegalidades cometidas y reparar a quienes se les haya perjudicado.
Por último, si alguien cree que es poca la cantidad que le fue sustraída por procedimientos tan torcidos en Derecho, basta con que haga el cálculo de que por cada peseta del año 1939 se debe pagar 1, 866 Euros. (Una sencilla operación: a quien le sustrajeron 10.000 pesetas, tiene derecho a reclamar del Estado actual 18.660 €). Los documentos de estas sustraciones se hayan en el Archivo del Banco de España, donde quedaron registradas en cuentas concretas lo que ingresaba la Junta Provincial Incautación de Bienes de Oviedo, identificando la procedencia y la motivación de tal ingreso.
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